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Saturday, May 9, 2026

Una «cadena de complicidad» ocultó vivo y muerto a Víctor Hugo Quero Navas por 16 meses

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Luisa Quintero | TalCualLuego de 16 meses en desaparición forzada, y ante la insistencia de su madre Carmen Teresa Navas, el Ministerio de Servicio Penitenciario informó que Víctor Hugo Quero Navas, de 51 años, había fallecido el 24 de julio de 2025 por una insuficiencia respiratoria aguda secundaria.Abogados y organizaciones de derechos humanos señalan una «cadena de complicidad» entre el sistema judicial penal y los cuerpos de seguridad que ratifican, una vez más, las denuncias hechas desde hace años sobre crímenes de lesa humanidad en el país.«Esto es la consecuencia de detener a las personas arbitrariamente, desaparecerlas y negarles sus derechos, imponer una defensa pública para que nadie pueda saber qué pasa con la integridad física de estas personas, y en este caso la vida. Pareciera desde lejos que hay desastre, descoordinación, pero es una complicidad para atentar contra los derechos humanos de las personas, contra las libertades de los venezolanos», afirma Ana Leonor Acosta, directora de la Coalición por los Derechos Humanos y la Democracia. En el caso de Víctor Hugo Quero Navas hay una serie de hechos comprobables: fue detenido por funcionarios de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim) el 1 de enero de 2025, fue señalado por delitos vinculados a hechos políticos y su madre no dejó de buscarlo o solicitar formalmente información en centros de reclusión, tribunales, Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo. Pero todo lo que rodea al proceso judicial y su reclusión dentro del Internado Judicial El Rodeo I es, por decir lo menos, opaco.«Vemos que aquí hay responsabilidad del cuerpo de seguridad que cometió la aprehensión, el fiscal del Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, el defensor público, la responsabilidades del juez, el Ministerio de Servicio Penitenciario, el propio Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (…) Esto es la instrumentalización de todo el sistema de justicia para cometer, por acción o por omisión, violaciones de derechos humanos porque alguien pudo haber detenido esto», puntualiza Martha Tineo, coordinadora general de la ONG Justicia, Encuentro y Perdón.Para la investigación de muertes potenciales ilícitas o sospecha de desaparición forzada, como en este caso, Naciones Unidas elaboró el Protocolo de Minnesota donde se señala el derecho de los familiares de las víctimas a un «acceso equitativo y efectivo a la justicia; una reparación adecuada, efectiva y rápida; el reconocimiento de su situación ante la ley; y el acceso a información sobre las violaciones y los mecanismos de rendición de cuentas pertinentes».«Cuando en el marco de una investigación se descubren pruebas de que la muerte fue causada ilícitamente, el Estado debe velar porque se enjuicie a los autores identificados y, en su caso, sean castigados mediante un proceso judicial. La impunidad que sea resultado, por ejemplo, de unos plazos de prescripción injustificadamente cortos o de una amnistía general (impunidad de jure), o incluso de la inacción de la Fiscalía o la injerencia política (impunidad de facto), es incompatible con esa obligación. Todo incumplimiento de la obligación de investigar es una vulneración del derecho a la vida», establece el Protocolo. Entonces, una investigación independiente debe aclarar –entre varios puntos– si la detención de Víctor Quero Navas fue arbitraria o contaba con orden de un tribunal. En un primer escenario, esto acarrearía penas para los funcionarios que practicaron su aprehensión. También deben ser investigados: El fiscal 67 nacional, a quien se le asignó el caso y en cuyo despacho reposa el expediente MP-151328-2023. El juez Carlos Liendo, a cargo del Tribunal Segundo de Control con competencia en casos de Terrorismo, quien llevó la etapa preliminar. El defensor o defensora pública asignado, pues Quero Navas no tuvo posibilidad de juramentar abogado privado. Funcionarios del servicio de medicina forense que hicieron la primera revisión sobre Quero Navas tras su detención.Funcionarios del Cicpc que se abocaron al caso.El personal médico del Hospital Militar Dr. Carlos Arvelo que atendió a Quero Navas una vez trasladado desde El Rodeo I.Funcionarios del servicio de medicina forense que realizó el acta de defunción en julio de 2025.Los custodios y el director de El Rodeo I, Carlos Enrique Rincones Serven.El ministro de servicio penitenciario, Julio García Zerpa.La defensora Dionita Coronado, quien conoció el caso. El exdefensor del pueblo Alfredo Ruiz. El exfiscal general Tarek William Saab. Este caso también pone en evidencia un sistema carcelario fallido. En julio del año pasado, mes en que las autoridades ubican la muerte de Quero Navas, se realizaron al menos dos denuncias sobre brotes de dengue, tuberculosis y las condiciones «inhumanas» del Rodeo I. Ninguna de ellas fue atendida o investigada por las autoridades. El Comité por la Libertad de los Presos Políticos recuerda que entre julio de 2024 y abril de 2026 han entregado 13 denuncias formales al Ministerio Público sobre la situación de las personas detenidas en El Rodeo I, entre ellas, la negativa de asistencia médica y una alimentación escasa, que entran en la categoría de tratos crueles e inhumanos según la legislación venezolana. Andreina Baduel, activista del Comité, resalta además el impacto psicológico sobre los detenidos. Recuerda que el pasado 9 de abril, por medio de gritos, varios presos políticos del Rodeo expresé que «no queremos más muertes como le pasó a Víctor Quero Navas». el Centro Nacional de Inteligencia español y con Iván Simonovis», explica el abogado Moisés Gutiérrez, quien introdujo la solicitud.«Por todos estos delitos de asociación, terrorismo, traición a la patria y financiamiento dice el tribunal que no encuadraban dentro de la amnistía», expresó Gutiérrez.El Tribunal Segundo con competencia en casos de terrorismo, a cargo del juez Carlos Liendo, hizo el pase a juicio por los presuntos delitos de traición a la patria, conspiración y terrorismo aunque no hay precisión sobre la fecha de la audiencia preliminar. La Fiscalía 67 nacional llevaba el caso. El expediente estaba identificado bajo las siglas MP-151328-2023. En dos ocasiones durante el mes de abril, abogados de la Coalición por los Derechos Humanos y la Democracia se dirigieron al Palacio de Justicia para consultar, en dependencias sobre terrorismo y violencia, el estatus del caso. Les informe que ese expediente no estaba registrado. La abogada Stefanía Migliorini trató de juramentarse como defensa privada hace tres semanas. El Tribunal le negó la solicitud al argumentar que ya no tenía responsabilidad del expediente al decretar el pase a juicio. También le negaron la recepción en dos oportunidades de un hábeas corpus, medida que permitiría al juez conocer la situación del detenido. Ambos abogados puntualizan que, en todo caso, no existe una precisión sobre la fecha de la audiencia preliminar. «Es bastante contradictoria la situación, porque el defensor, el Ministerio Público, los tribunales, todos debían tener información, sabían o les negaban la información si para ese momento estaba vivo o muerto. ¿Dónde estaba Víctor Hugo cuándo le hicieron la audiencia?», dice Migliorini.Moisés Gutiérrez destaca otra contradicción: si bien la solicitud de amnistía fue respondida por el Tribunal Segundo de Control, ese mismo 5 de mayo –cuando se entregó formalmente la decisión– la Defensoría del Pueblo les dijo que el caso de Víctor Quero estaba a cargo del Tribunal Tercero de Juicio.«Esto ha sido un periplo bastante complejo para tratar de aterrizar su situación. Pero hubo presión mediática bajo este contexto de pronunciamientos públicos de su madre, hubo presión del Programa de Convivencia de Mujeres donde está la Defensora del Pueblo y la ministra Ana María Sanjuán… esto coadyuvó a que decidieran decir la verdad a casi diez meses», dice Gutiérrez.El peregrinar por respuestasAl menos 12 veces visitó Carmen Teresa Navas el Internado Judicial El Rodeo I. Otras tantas los tribunales, el MP y la Defensoría. La abogada Martha Tineo resalta que «ella sola» visitó todos estos lugares durante los primeros nueve meses de 2025, aunque de estas diligencias «no quedaba registro, no le daban ningún tipo de soporte». Finalmente, el 24 de octubre pasado recibió una «acta de comparecencia» donde se expresa que Víctor Quero Navas, según datos proporcionados por el Ministerio Público, se encontró detenido en ese recinto carcelario. «Que estos haya sido así solamente es posible porque la señora Carmen había ido al Ministerio Público, al Rodeo, a la Defensoría, ya había una investigación en curso después de requerir información», dice la abogada.También argumenta que, además de la evidencia de que Navas tenía meses buscando a su hijo a diferencia de lo que expresa el Ministerio de Servicio Penitenciario, otros organismos (MP, Defensoría) solo replicaron la información sobre el paradero del comerciante sin corroborar efectivamente que estaba ahí, pese a tener funciones legales para ello.Asimismo, critica que la Defensora del Pueblo «no se haya tomado la molestia» de informarse sobre las actuaciones del organismo antes de recibir a Carmen Teresa en su despacho el pasado 3 de mayo. «Eso es una burla».El abogado Moisés Gutiérrez asevera que este caso «muestra una de las caras más terroríficas del Estado venezolano», debido a todo el contexto antes de lograr una respuesta de un organismo oficial.«Tuvo que salir la madre en medios de comunicación de forma reiterada, tuvimos que solicitar la amnistía, tuvimos que hacer denuncias, hubo que buscarlo en todos los centros de detención para que ellos por fin, y gracias a la presión social, reconocieran que habían cometido un crimen, y no solo que lo habían cometido, sino que además lo habían ocultado», sostiene.Los abogados coinciden en que la «apertura» tras las operaciones militares del 3 de enero, donde se capturó a Nicolás Maduro y su esposa, permitieron una mayor denuncia de familiares de presos políticos y una pequeña rendija para que medios de comunicación y sociedad civil visibilizaran estos casos.Sin embargo, aseguran, esto no obligatoria se traduce en una mejora en la situación de libertades civiles o la propia violación de derechos humanos por motivos de persecución política.«Ellos tenían la firme intención de llevar a esa señora a la tumba con el desconocimiento de la muerte de su hijo (…) No podemos permitir que vendan la tesis de que tienen la intención de esclarecer los hechos, de llegar con la verdad, buscar un responsable. Pueden librar una orden de captura contra Tarek William Saab, que era fiscal en ese momento y seguro sabía que este señor estaba muerto, pero eso no representa que tengan la intención de hacer justicia», sentencia Gutiérrez.

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